Certificados de Eficiencia Energética

La Directiva 2010/31/UE, de 19 de mayo, relativa a la eficiencia energética de los edificios, obliga a expedir un certificado de eficiencia energética para los edificios o unidades de estos, que se construyan, vendan o alquilen. El Real Decreto 235/2013 de 5 de abril deroga el Real Decreto 47/2007 y regula la certificación tanto de edificios nuevos como existentes.

Es por ello que a partir del 1 de Junio de 2013 todos los inmuebles a la venta o en alquiler deben exhibir a los interesados su etiqueta y su certificado energético de acceso al público.

Están obligados todos los edificios existentes, que a su entrada en vigor, no dispongan de un certificado de eficiencia energética, cuando sean objeto de contrato de compraventa o de arrendamiento. Edificios municipales con más de 250 m2 de superficie.

Excepciones: edificios protegidos, lugares de culto, edificios industriales o provisionales, etc.

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